EDUCACIÓN INCLUSIVA


 Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 61. La educación inclusiva se refiere al conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión y segregación.


Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 62. El Estado asegurará la educación inclusiva en todos los tipos y niveles, por lo que en la fracción:

IV.   Refiere la importancia de instrumentar acciones para que ninguna persona quede excluida del Sistema Educativo Nacional por los motivos antes mencionados, destacando para tal efecto las necesidades en razón de discapacidad. 



Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 62. El Estado asegurará la educación inclusiva en todos los tipos y niveles, por lo que en la fracción:

V.       Realizar los ajustes razonables en función de las necesidades de las personas y otorgar los apoyos necesarios para facilitar su formación.


Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 63. El Estado proporcionará a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender y desarrollar habilidades para la vida que favorezcan su inclusión laboral, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y en la sociedad.


Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 64. En la aplicación de esta Ley, se garantizará el derecho a la educación a los educados con condiciones especiales o que enfrentan BAP.


Ley General de Educación vigente: 

Capítulo VII. De la Educación Inclusiva

Artículo 65. Para garantizar la educación inclusiva, las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, ofrecerán las medidas pertinentes, entre ellas:

II.     Facilitar la adquisición y el aprendizaje de la Lengua de Señas dependiendo de las capacidades del educando y la enseñanza del español para las personas sordas. (DOF 30092019)




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